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Seneca ESG

El SFDR de la UE ha llegado: Qué significa para todos los gestores y asesores de inversiones

por Séneca ESG
2023-09-20

Resumen ejecutivo

  • El Reglamento de la UE sobre divulgación de información financiera sostenible (SFDR) entrará en vigor el 10 de marzo de 2021.
  • El SFDR también afectará a todas las empresas de gestión y asesoramiento de activos a escala mundial, incluidas las de APAC y China que, o bien:
  • 1. tener productos OICVM;
    2. prestar servicios de asesoramiento a gestores o propietarios de activos de la UE;
    3. comercializar y vender productos de fondos (incluidos los de Caimán) o servicios de asesoramiento en la UE.
  • Lo anterior gestión de activos, asesoramientoy distribución las empresas deberán hacer públicas sus prácticas de evaluación e información relacionadas con la sostenibilidad.
  • Los requisitos de divulgación serán tanto a nivel de entidad como de producto, y abarcarán los principales impactos adversos sobre la sostenibilidad, los productos precontractuales, las declaraciones periódicas, etc.

  • La Comisión Europea publicó el 9 de diciembre de 2019 el reglamento sobre divulgaciones relacionadas con la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, que se conoce como Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR) y entrará en vigor el 10 de marzo de 2021. Paralelamente a la aplicación del SFDR, las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) también publicaron el proyecto de Normas Técnicas de Reglamentación (NTR) el 2 de febrero de 2021, como suplemento. Las NTR especifican el contenido, las metodologías y la presentación de la información, tanto a nivel de entidad como de producto, con arreglo a la SFDR para las empresas de inversión y sus productos y servicios, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

    El principio de precaución de las inversiones sostenibles en virtud del SFDR consiste en "no causar daños significativos" a la sostenibilidad medioambiental. En general, los requisitos de divulgación constan de cuatro partes:

  • Principales impactos negativos
  • Información precontractual
  • Declaraciones periódicas
  • Informes sobre el sitio web

  • Requisitos de información y calendario


    El SFDR enumera los ámbitos de los participantes en los mercados financieros (PMF), los asesores financieros y los productos financieros que están sujetos a la normativa:

    A nivel de entidad

    Aunque el SFDR divide a las entidades financieras en dos tipos, a nivel corporativo, exige tanto a las FMP como a los asesores financieros que consideren la PAI de las inversiones, con un requisito inicial de "cumplir o explicar".

    En cuanto a las diferencias, cabe destacar que, desde el lanzamiento oficial del SFDR el pasado mes de marzo, es obligatorio informar sobre los factores de sostenibilidad de sus inversiones para los grandes PSF que cuenten con más de 500 empleados. Las grandes FMP deben actualizar la declaración de los principales impactos adversos sobre la sostenibilidad en sus sitios web antes del 30 de junio de cada año, con el año natural anterior como periodo de referencia. Su primer informe está previsto para el 30 de junio de 2022, con el primer periodo de referencia del 10 de marzo de 2021 al 31 de diciembre de 2021.

    Más adelante, las NTR, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2022, aportarán más requisitos específicos y plantillas para la divulgación de información. Las FMP y los asesores financieros tendrán que publicar y mantener una declaración de los principales impactos adversos sobre la sostenibilidad en sus sitios web. La frecuencia y el calendario de divulgación son los mismos que para las grandes FMP, lo que significa que su primera fecha de notificación basada en las RTS es el 30 de junio de 2023. El RTS proporciona una plantilla para la divulgación de los principales impactos adversos sobre la sostenibilidad, que incluye 18 indicadores obligatorios que los FMP deben explicar, junto con un total de 46 indicadores adicionales para las opciones de divulgación. En cuanto a los asesores financieros, los requisitos de información son menores que los de las FMP, pero también tienen que divulgar información relacionada con la sostenibilidad de los productos y prácticas que asesoran.

    Además, si no tienen en cuenta el PAI, los FMP y los asesores financieros tendrán que presentar sus declaraciones de "No consideración de los impactos adversos sobre la sostenibilidad".

    A nivel de producto

    Para los productos financieros, los requisitos de información incluyen principalmente información precontractual, periódica y en el sitio web. A partir de los requisitos básicos de información del SFDR, las NTR ofrecen cuatro plantillas para la información precontractual y periódica a nivel de producto, en forma de listas de preguntas, diseñadas respectivamente para los productos financieros que promueven características medioambientales y/o sociales o htienen como objetivo las inversiones sostenibles.

    Además, los PSF deben divulgar los impactos de las principales inversiones de sus productos financieros en los informes periódicos, con un número de hasta 15, que representen la mayor proporción de sus inversiones durante el periodo de referencia. Para esta parte, los PSF también deben publicar un informe de comparación histórica de sus informes periódicos para al menos cinco periodos de referencia anteriores.

    En el caso de los productos financieros no relacionados con los SGMA, el informe final de las NTR recientemente publicado también pide a las empresas que especifiquen que esos productos no tienen en cuenta los criterios de sostenibilidad medioambiental de la UE.

    Además de publicar los informes diseñados en sus sitios web, las FMP también tienen que hacer otras divulgaciones en el sitio web de acuerdo con las disposiciones del SFDR y RTS bajo el título de la sección, "Divulgaciones relacionadas con la sostenibilidad". El objetivo es proporcionar detalles adicionales sobre los productos financieros, como la estrategia de inversión.

    Impactos potenciales

    La SFDR ha introducido los citados requisitos de divulgación tanto a nivel de producto como de entidad financiera en general, con el objetivo de mejorar la transparencia de los productos de las empresas de inversión y los servicios de los asesores financieros. Junto con la Directiva de Información No Financiera (NFRD) anunciada en 2014 y la Taxonomía publicada en junio de 2020, esto marca los esfuerzos de la UE para promover el flujo de capital hacia proyectos e inversiones ambientalmente sostenibles, así como para frenar los proyectos verdes ficticios, un ejemplo del llamado lavado verde. Esto también puede marcar una tendencia en los sectores mundiales del desarrollo y la inversión ecológicos.

    La UE es una de las mayores economías del mundo, con 27 países. La aplicación del SFDR y del futuro RTS no sólo afectará a las entidades de la UE, sino que también impondrá presión a las empresas e instituciones financieras de fuera de la UE.

    1. Empresas de fuera de la UE: las que tienen filiales y negocios en la UE deben seguir los requisitos de divulgación del SFDR de forma similar a las empresas de la UE. Esto significa que también tendrían que proporcionar las principales declaraciones de impacto adverso sobre la sostenibilidad, informes precontractuales y periódicos e información adicional en sus sitios web de conformidad con la normativa.

    2. Empresas de inversión de fuera de la UE: Las empresas que ya ofrecen o tienen previsto ofrecer productos financieros registrados en la UE deberán informar sobre sus productos, tal como se ha mencionado anteriormente. En particular, incluso si una empresa considera que su producto no está relacionado con las ASG, también deberá explicar por qué el producto no es relevante para los riesgos de sostenibilidad.

    3. Asesores financieros no comunitarios: las que actualmente ofrecen o tienen previsto ofrecer asesoramiento en materia de inversión a empresas de la UE están indirectamente sujetas al SFDR. Dado que el SFDR es obligatorio para las entidades financieras y no financieras de la UE, éstas pueden elegir proveedores de servicios, ya sean proveedores de servicios financieros de la UE o no, que podrían comprometerse a ayudarles a cumplir los requisitos y obligaciones reglamentarios. Basándose en esta consideración, los asesores financieros no pertenecientes a la UE también deben obedecer los requisitos del SFDR cuando presten asesoramiento en materia de inversión a clientes de la UE.

    Desde una perspectiva más amplia, se prevé que esta normativa de la UE conduzca al desarrollo de políticas similares de divulgación de la sostenibilidad en otras regiones y países del mundo, como Singapur y Corea del Sur, que han considerado la posibilidad de crear su taxonomía local de inversión verde. Esto implica que, aunque una empresa piense que no va a tener conexiones con la UE, es posible que deba tener en cuenta el SFDR, la Taxonomía y otros.

    Seneca ESG ofrece servicios de asesoramiento y soluciones de software para el cumplimiento de la SFDR y otras normativas. Para más información, póngase en contacto con nosotros en [email protected].

    Fuentes:

    https://ec.europa.eu/info/business-economy-euro/banking-and-finance/sustainable-finance/sustainability-related-disclosure-financial-services-sector_en

    https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R2088

    https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/library/jc_2021_03_joint_esas_final_report_on_rts_under_sfdr.pdf

    https://www.jdsupra.com/legalnews/sfdr-revised-secondary-esg-disclosure-2638725/

    https://www.esgtoday.com/europes-regulators-issue-final-draft-of-sfdr-disclosure-rules/

    https://www.bloomberg.com/professional/blog/demystifying-the-sustainable-finance-disclosure-regulation/

    https://www.pwc.ch/en/publications/2020/sustainable-finance-disclosure-regulation.pdf

    https://www.abs.org.sg/industry-guidelines/gfit-taxonomy-public-consultation

    http://www.climateaction-korea.eu/pc/en/menu02/last_event/view?seq=90&search_name=&search_value=&page=1&pagelistno=1

    https://assets.contentstack.io/v3/assets/blt3de4d56151f717f2/blt1ed9831e5376d971/5fb3e06724612d7400da608b/SFDR_for_non-EU_asset_managers_-_November_2020.pdf

    https://www.senecaesg.com/blog/eu-chinas-comprehensive-agreement-on-investments-from-an-esg-pov/




    Etiquetas: ApacEsg DivulgaciónEuAsesores financierosParticipantes en los mercados financierosProductos financierosSfdrSostenibilidadFinanzas sostenibles
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